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¿A qué edad los padres pueden sacar a sus hijos de sus casas en Colombia? Esto dice la Ley

Aunque culturalmente puede resultar extraño que unos padres demanden a su propio hijo para que deje la casa, el marco legal colombiano sí lo permite.

Retos virales
Los altos costos de vida han prolongado la convivencia entre padres e hijos más allá de lo que la ley contempla como obligatorio. | Foto: 123RF

2 de jun de 2025, 11:25 p. m.

Actualizado el 2 de jun de 2025, 11:25 p. m.

En muchos hogares colombianos es común escuchar frases como “esta siempre será tu casa” o “aquí siempre tendrás un techo”. Sin embargo, más allá del cariño familiar, la legislación colombiana establece límites claros sobre hasta cuándo los padres están obligados a mantener a sus hijos en casa y en qué circunstancias pueden pedir legalmente su salida.

Según datos de la OCDE, en Colombia el 35 % de los jóvenes entre los 20 y los 29 años aún viven con sus padres.

La dificultad para lograr independencia económica, el desempleo juvenil y los altos costos de vida han prolongado esta convivencia más allá de lo que la ley contempla como obligatorio.

En 2025, el monto promedio mensual para un trabajador jubilado es de $1,976, mientras que las parejas reciben en promedio $3,089.
Existen procedimientos establecidos para proteger tanto a los padres como a los hijos, siempre que se respeten los límites legales y el principio de dignidad humana. | Foto: Getty Images

¿Hasta qué edad tienen los padres la obligación legal de tener a sus hijos en casa?

De acuerdo con el artículo 288 del Código Civil y con la Ley 1098 de 2006 (Código de Infancia y Adolescencia), los padres tienen la patria potestad y el deber de proteger, cuidar y sostener a sus hijos hasta que cumplan los 18 años, o hasta los 25 años si el hijo se encuentra estudiando y depende económicamente de ellos.

¿Qué ocurre si el hijo mayor de edad se niega a salir?

Una vez superados los 18 años —o los 25 si continúa estudiando—, y si el hijo decide seguir viviendo con los padres, estos pueden pedirle que se retire de la vivienda.

En caso de negativa, tienen el derecho de iniciar un proceso judicial para recuperar el inmueble. Este se realiza a través de una acción de restitución del inmueble, como lo contempla el artículo 384 del Código General del Proceso.

Jimmy Jiménez, abogado de familia en Integrity Legal, explicó a La Republica que si el hijo se niega a salir, los padres pueden alegar ocupación de hecho o precario, e incluso acudir a una denuncia por violación de habitación ajena o perturbación a la posesión si hay una ocupación forzosa del inmueble.

Cuando la permanencia del hijo resulta perjudicial para los padres, estos deben probar ante un juez que la situación es indebida y no está amparada por un contrato u obligación legal vigente. Esto puede incluir casos de violencia, maltrato, amenazas o deterioro del ambiente familiar.

Violencia intrafamiliar
En casos en que la permanencia del hijo es perjudicial, los padres pueden solicitar medidas de protección e iniciar procesos civiles o penales dependiendo de la gravedad de la situación. | Foto: Getty Images

¿Se puede desalojar a un menor de edad?

No. Si el hijo es menor de edad o si está estudiando y depende económicamente, los padres no pueden desalojarlo unilateralmente, ya que esto constituiría abandono, maltrato infantil o inasistencia alimentaria, con consecuencias penales que podrían incluir condenas de hasta nueve años de prisión, así como la pérdida de la custodia del menor.

Solo una autoridad competente —como una comisaría de familia o un juez— puede ordenar su retiro del hogar, y únicamente en el marco de una medida de protección, cuando el interés superior del menor así lo requiera.

¿Y si el hijo demanda?

Un hijo mayor de edad que sigue estudiando podría demandar a sus padres por incumplimiento de cuota alimentaria o por desalojo arbitrario. En situaciones de violencia intrafamiliar, también puede pedir medidas de protección.

En el caso de menores, estos pueden solicitar a través de una comisaría o juez de familia el restablecimiento de derechos o la reubicación en un hogar sustituto. Esto se ampara en el derecho a la vivienda digna, cuidado parental y protección, según lo establece la Ley 1098 de 2006.

El desconocimiento sobre el tema como también sobre la poca sospecha de enlaces podría resultar en tragedias bancarias.
Si un hijo aporta ingresos económico, esto no le da derecho a quedarse, pero puede cambiar la naturaleza de su permanencia en el inmueble. | Foto: Getty Images

¿Qué pasa si el hijo aporta económicamente?

Si el hijo contribuye con los gastos del hogar, esto no le da automáticamente derecho a quedarse, pero puede cambiar la naturaleza legal de su permanencia. Se podrían establecer acuerdos como un contrato de arrendamiento, comodato oneroso o una forma de copropiedad de hecho.

Esto, sin embargo, debe ser analizado por una autoridad judicial que valore si su permanencia afecta el derecho del propietario a disponer de su inmueble. Según los expertos, se debe ponderar el principio de solidaridad familiar con el derecho de los padres a decidir sobre su propiedad.

Periodista web en elpais-co.amazoniaemfoco.com.co, comunicador social y periodista, con énfasis en reportería para distintas fuentes de información.

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